http://www.youtube.com/watch?v=ASTs7tlObgU
http://www.youtube.com/watch?v=Of3tKa5mzO4&feature=related
garantias sociales y individuales
lunes, 17 de enero de 2011
garantias sociales e individuales
GARANTIAS SOCIALES
Las garantías sociales tienen la particularidad de no referirse al individuo separado de otros individuos. Por el contrario, estas garantías que por primera vez en la historia fueron consagradas en el ámbito constitucional en México, en 191 pretenden proteger los derechos y los intereses de grupos sociales determinados, cuya precaria situación económica los coloca en desventaja respecto de otros grupos de personas que cuentan con mayores recursos
En el caso del artículo 27, en su fracción VII reconoce “la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales”,prevé que las leyes protegerán las tierras que tengan los grupos indígenas. En relación con el artículo 123, su primer apartado contiene una serie de derechos en favor de los “obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos”, derechos destinados a impedir que los patrones fuercen a sus empleados a laborar en condiciones de franca explotación, que siempre repercute negativamente en la dignidad de los seres humanos
Las garantías sociales tienen la particularidad de no referirse al individuo separado de otros individuos. Por el contrario, estas garantías que por primera vez en la historia fueron consagradas en el ámbito constitucional en México, en 191 pretenden proteger los derechos y los intereses de grupos sociales determinados, cuya precaria situación económica los coloca en desventaja respecto de otros grupos de personas que cuentan con mayores recursos
En el caso del artículo 27, en su fracción VII reconoce “la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales”,prevé que las leyes protegerán las tierras que tengan los grupos indígenas. En relación con el artículo 123, su primer apartado contiene una serie de derechos en favor de los “obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos”, derechos destinados a impedir que los patrones fuercen a sus empleados a laborar en condiciones de franca explotación, que siempre repercute negativamente en la dignidad de los seres humanos
garatias sociales e idividuales
La declaración de garantías Individuales se divide en tres grandes partes: los derechos de igualdad, libertad y seguridad jurídica.
En la constitución vigente los derechos de Igualdad son:- Goce para
todo individuo de las garantías que otorga la constitución. - Prohibición de la esclavitud.
- Igualdad de derechos
sin distinción. - Prohibición de
títulos nobiliarios. - Prohibición de fueros
- Las garantías de Libertad se dividen en tres grupos:
Las libertades de
Se refieren a : derecho de petición, privación de derecho solo mediante juicio , detención solo con orden judicial, derecho a la eficaz administración de justicia, etc.
Pero a lo que a nosotros nos interesa como prestadores de servicios y como futuros administradores de empresas turísticas son los siguientes artículos que enlistare a continuación y que posteriormente daré su respectiva explicación y los comparare con la explicación de otro autor:
Art. 1º Derecho para todo individuoArt. 5º De
Art. 9º De asociación y reunión
Art. 11º De transito
GARANTIAS SOCIALES
Según la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, las garantías sociales por su propia naturaleza, están por encima de los derechos individuales a los que restringe en su alcance liberal, en términos del artículo lo de la propia Ley Fundamental
Las garantías sociales tienen la particularidad de no referirse al individuo separado de otros individuos. Por el contrario, estas garantías que por primera vez en la historia fueron consagradas en el ámbito constitucional en México, en 191 pretenden proteger los derechos y los intereses de grupos sociales determinados, cuya precaria situación económica los coloca en desventaja respecto de otros grupos de personas que cuentan con mayores recursos
jueves, 13 de enero de 2011
miércoles, 10 de noviembre de 2010
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