lunes, 17 de enero de 2011

garantias sociales e individuales

GARANTIAS SOCIALES
Las garantías sociales tienen la particularidad de no referirse al individuo separado de otros individuos. Por el contrario, estas garantías que por primera vez en la historia fueron consagradas en el ámbito constitucional en México, en 191 pretenden proteger los derechos y los intereses de grupos sociales determinados, cuya precaria situación económica los coloca en desventaja respecto de otros grupos de personas que cuentan con mayores recursos

En el caso del artículo 27, en su fracción VII reconoce “la personalidad jurídica de los núcleos de población ejidales y comunales”,prevé que las leyes protegerán las tierras que tengan los grupos indígenas. En relación con el artículo 123, su primer apartado contiene una serie de derechos en favor de los “obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos”, derechos destinados a impedir que los patrones fuercen a sus empleados a laborar en condiciones de franca explotación, que siempre repercute negativamente en la dignidad de los seres humanos

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